Desde el punto de vista de sus relaciones
de complementación.
Hay normas jurídicas que tienen
sentido pleno, en tanto que otras sólo poseen significación cuando se les
relaciona con normas del primer tipo.
Primarias: Cuando tienen
sentido o existencia plena por sí mismas, o sea, que no necesitan de otras para
lograr la finalidad que se propone la norma. Ejemplo, la compraventa, el
arrendamiento, la posesión.
Secundarias: Cuando sólo
tienen sentido si se les relaciona con una norma primaria, a la cual
complementan.
Son secundarias:
a) Las de iniciación,
duración y extinción de la vigencia: Aquellas normas que indican la fecha en
que habrá de entrar en vigor una disposición legal determinada. (Artículos
transitorios), las de duración son las que fijan el tiempo en el cual una ley
estará en vigor; y las de extinción, las que se encargan de abolir todo un
ordenamiento legal (abrogatoria) o parte de éste (derogatoria).
b) De definición, declarativas o explicativas: Aquellas
que tienen por fin explicar el significado correcto de expresiones jurídicas
que pueden crear confusión, ejemplo: el significado jurídico del vocablo
alimentos que es mucho más amplio que el concepto gramatical.
c) Permisivas: Son aquellas que establecen excepciones en
relación con otras normas, por ejemplo: La disposición según la cual el
mandatario puede renunciar al mandato, significa una excepción al principio
general de que “Los contratos legalmente celebrados deben ser cumplidos en los
términos estipulados”.
ARTÍCULO 1587. Pueden excusarse de ser albaceas:
I. Los servidores públicos;
II. Los militares en servicio activo;
III. Los mayores de setenta años de edad;
IV. Los que tengan a su cargo otro albaceazgo; y,
V. Los que
tengan algún impedimento que, a juicio del Tribunal, sea justificado para
excusarse.
d) Interpretativas: La interpretación de un precepto legal puede
ser hecha por el legislador mismo, en una nueva ley (interpretación auténtica o
legislativa) por lo tanto se refieren a otros preceptos cuyo sentido y alcance
determinan.
e) Sancionadoras: Constituyen un grupo numeroso e
importante, aparecen en el momento en que los deberes impuestos por la norma no
son cumplidos, los ejemplos más claros los encontramos en los Códigos Penales.
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