jueves, 11 de julio de 2019

Clasificación de las normas jurídicas. Eduardo García Máynez.

Hola a todos:
En esta ocasión iniciaremos el estudio de las clasificaciones que nos refiere, Eduardo García Máynez, en su libro "introducción al estudio del derecho".
Iniciamos con dos, que son:
1.-  Desde el punto de vista del sistema al que pertenecen:
a) Nacionales.- Las que pertenecen al sistema jurídico de un país determinado y se aplican a éste.
b) Extranjeras.- Las que pertenecen al ordenamiento jurídico de un país distinto.
c) De derecho uniforme.- Son aquellas que se aplican en dos o más países para regular determinadas situaciones jurídicas. Ejemplo: Tratado de libre comercio con América del Norte (México, Usa y Canadá).
2.- Desde el punto de vista de su fuente.
De acuerdo a cómo surgen las normas jurídicas, éstas pueden ser:
a) Normas de derecho escrito.- Son aquellas normas elaboradas por los órganos facultados para ello. En nuestro país es el Poder Legislativo y reciben el nombre de leyes.
b) Normas de derecho consuetudinario o no escritas: Derivan de la costumbre.
Costumbre.- Es el uso arraigado en una colectividad y considerado por ella, como jurídicamente obligatorio.
c) De derecho jurisprudencial: Son las normas que provienen de la actividad de ciertos tribunales que, al emitir sus resoluciones un determinado número de veces, las producen.

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