martes, 9 de julio de 2019

Ámbitos de validez de la norma jurídica.

Los cuatro ámbitos de validez de las normas jurídicas.
Desarrollados por Hans Kelsen (1881-1973), y mencionados por Eduardo García Máynez en su libro de "introducción al estudio del derecho", dichos ámbitos son:
a) El espacial, que es la porción del espacio en que un precepto es aplicable;
b) El temporal, que está constituido por el lapso durante el cual conserva su vigencia.
c) El material, por la materia que regula.
d) El personal, por los sujetos a quienes obliga.

I. Desde el punto de vista de su ámbito espacial de validez.
En el primer caso, el ámbito espacial de validez, es la porción del espacio en que un precepto es aplicable, y así, pueden ser:
a) Generales: Las que se aplican en todo el territorio del Estado, lo que equivaldría en México a las Federales, que se aplican en toda la República; ejemplo: la ley Federal del Trabajo.
Aunque aquí cabe hacer la diferencia, entre las federales y las estatales, pues ambas son creadas o modificadas por el Congreso de la Unión y se aplican en todo el territorio de la República, pero las federales van a ser aplicadas exclusivamente por autoridades federales, en cambio, las leyes generales versan sobre materias que son de aplicación, tanto para las autoridades federales como para las autoridades locales, es decir, son de competencia concurrente y establecen obligaciones y facultades en cada uno de los niveles de gobierno (Federal, Estatal y Municipal). Para ello solo basta ver el desplegado de leyes, que en la página de la cámara de diputados se establece.
b) Locales (estatales): Aquellas normas que sólo se aplican en una parte del Estado o País. Ejemplo: Código Civil del Estado de Chihuahua, Código Penal del Estado de Chihuahua. Como son menos las leyes estatales que las federales, suelen estar más actualizadas.
c) Municipales: Son las aplicables solamente dentro de la circunscripción territorial del Municipio. Ejemplo: Reglamento de faltas al bando de policía y buen gobierno del municipio de Chihuahua.
II. Desde el punto de vista de su ámbito temporal de validez.
El ámbito temporal está constituido por el lapso durante el cual la norma jurídica conserva su vigencia.
a) De vigencia determinada.- Son aquellas cuya vigencia o tiempo en el que deberán aplicarse se encuentra establecido de antemano. Cuándo comienzan a ser obligatorias y cuándo dejan de serlo. Ejemplo: Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal del 2017.
TRANSITORIOS
Primero. La presente Ley entrará en vigor el 1 de enero de 2017.
b) De vigencia indeterminada: No señalan el término durante el cual estarán en vigencia, simplemente se limitan a decirnos el día en que entran en vigor pero no determina su finalización, como es el caso de la generalidad de las leyes en nuestro país, sólo pierden su vigencia cuando es abrogada, expresa o tácitamente.
Abrogación.- Es quitar a la totalidad de la ley su fuerza obligatoria.
Derogación.- Suprimir solamente algunos preceptos de la ley, sea que se sustituyan por otros o no.

III. Desde el punto de vista de su ámbito material de validez.
El ámbito material de validez se refiere a la materia que la ley va a regular.
Desde este punto de vista, los preceptos jurídicos se agrupan en normas de derecho público y de derecho privado.
A) Derecho público.- Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones del Estado con los particulares, o con otros Estados, cuando se encuentra provisto de su autoridad soberana.
Soberanía.- Ningún poder igual al suyo en el interior; ningún poder superior al suyo en el exterior.
El Derecho Interno se refiere a aquellas normas que se van a aplicar dentro de los límites territoriales de un país determinado.
Pertenecen al derecho público interno:
1. Derecho Constitucional: Conjunto de normas jurídicas que regulan la estructura y el funcionamiento del Estado, a las funciones de sus órganos y a las relaciones de éstos entre sí y con los particulares.
2.- Derecho administrativo.- Conjunto de normas jurídicas que regulan la organización del poder administrativo (ejecutivo) y la forma de hacer promociones ante dicho poder. Ley orgánica de la administración pública federal, ley federal de procedimiento contencioso administrativo.
3.- Derecho Penal.- Conjunto de normas jurídicas relativas a los delitos, las penas y las medidas de seguridad, que tiene por objetivo inmediato la creación y la conservación del orden social.
4.- Derecho procesal.- Conjunto de normas jurídicas que regulan  la actuación de los órganos jurisdiccionales y de las partes en el seno del proceso con el fin de la aplicación del Derecho sustantivo al caso concreto cuya resolución se solicita
5.- Derecho del trabajo.- Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre patrones, trabajador(es), asociaciones sindicales y el Estado.  Ley federal de trabajo, Ley federal de los trabajadores al servicio del Estado.
6.- Derecho Agrario.- Conjunto de normas jurídicas que regulan la solución de los problemas derivados del reparto e inafectabilidad de tierras y aguas y de su dotación a los núcleos de población. Ley agraria.

El Derecho Externo.- comprende aquellas normas jurídicas cuyos efectos son susceptibles de aplicarse fuera de los límites territoriales de un Estado.
7.- Derecho Internacional Público: Es el conjunto de normas que rigen las relaciones de los Estados entre sí y señalan sus derechos y deberes recíprocos.
Ley sobre celebración de tratados, ley del servicio exterior mexicano.
8.-Derecho Internacional privado.- Conjunto de normas jurídica que rigen a los particulares o sus bienes cuando, siendo nacionales de un Estado, se encuentran en territorio de otro Estado,
B) Derecho Privado.- El conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones de los particulares entre sí y entre éstos y el Estado, cuando está desprovisto de su autoridad soberana.
1.- Derecho Civil.- Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones privadas de los particulares entre si.
2.- Derecho mercantil.- Conjunto de normas jurídicas que se aplican a los actos de comercio legalmente calificados como tales, y a los comerciantes en el ejercicio de su profesión.

 IV. Desde el punto de vista de su ámbito personal de validez.
Desde este ámbito, se refiere a los sujetos a quienes obliga la ley.
 a) Genéricas.- Obligan o facultan a todos los comprendidos dentro de la clase designada por el concepto-sujeto de la disposición normativa.
Ejemplo: Homicidio.
Artículo 123 del Código Penal del Estado de Chihuahua.  "A quien prive de la vida a otra persona, se le impondrá de ocho a veinte años de prisión. Se entenderá la pérdida de la vida en los términos de la Ley General de Salud".
 b) Individualizadas.- Las que obligan o facultan a uno o varios miembros de la misma clase, individualmente determinados.
 Ejemplo: Una sentencia establece la pena de vente años de prisión a Miguel por matar a Luis. El fundamento de la sentencia es la ley, la ley se aplicará a todos los que caigan en la hipótesis de la ley, pero la sentencia es individualizada y se aplica a un solo individuo.
Las normas individualizadas pueden ser privadas, según deriven de la voluntad de los particulares (los contratos y los testamentos) o públicas, si derivan de las autoridades (los tratados internacionales).
Te invito a ver el vídeo donde se analiza todo esto:


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