Los cuatro ámbitos de validez de
las normas jurídicas.
Desarrollados
por Hans Kelsen (1881-1973), y mencionados por Eduardo
García Máynez en su libro de "introducción al estudio del
derecho", dichos ámbitos son:
a) El espacial, que es la porción del espacio en que un
precepto es aplicable;
b) El temporal, que está constituido por el
lapso durante el cual conserva su vigencia.
c) El material, por la materia que regula.
d)
El personal, por los sujetos a quienes obliga.
I. Desde el punto de vista de su ámbito
espacial de validez.
En
el primer caso, el ámbito espacial de validez, es la porción
del espacio en que un precepto es aplicable, y así, pueden ser:
a)
Generales: Las que se aplican en
todo el territorio del Estado, lo que equivaldría en México a las Federales,
que se aplican en toda la República; ejemplo: la ley Federal del Trabajo.
Aunque
aquí cabe hacer la diferencia, entre las federales y las estatales, pues ambas
son creadas o modificadas por el Congreso de la Unión y se aplican en todo el
territorio de la República, pero las federales van a ser aplicadas
exclusivamente por autoridades federales, en cambio, las leyes generales
versan sobre materias que son de aplicación, tanto para las autoridades
federales como para las autoridades locales, es decir, son de competencia
concurrente y establecen obligaciones y facultades en cada uno de los niveles
de gobierno (Federal, Estatal y Municipal). Para ello solo basta ver el
desplegado de leyes, que en la página de la cámara de diputados se establece.
b) Locales
(estatales): Aquellas
normas que sólo se aplican en una parte del Estado o País. Ejemplo: Código
Civil del Estado de Chihuahua, Código Penal del Estado de Chihuahua. Como son
menos las leyes estatales que las federales, suelen estar más
actualizadas.
c) Municipales: Son las aplicables
solamente dentro de la circunscripción territorial del Municipio. Ejemplo:
Reglamento de faltas al bando de policía y buen gobierno del municipio de
Chihuahua.
II. Desde el punto de vista de su ámbito
temporal de validez.
El
ámbito temporal está constituido por el lapso durante el cual la norma jurídica
conserva su vigencia.
a)
De vigencia determinada.- Son aquellas cuya vigencia o tiempo en el que
deberán aplicarse se encuentra establecido de antemano. Cuándo comienzan a ser
obligatorias y cuándo dejan de serlo. Ejemplo: Ley de Ingresos de la Federación
para el ejercicio fiscal del 2017.
TRANSITORIOS
Primero. La presente Ley entrará
en vigor el 1 de enero de 2017.
b) De vigencia indeterminada: No señalan el término
durante el cual estarán en vigencia, simplemente se limitan a decirnos el día
en que entran en vigor pero no determina su finalización, como es el caso de la
generalidad de las leyes en nuestro país, sólo pierden su vigencia cuando es
abrogada, expresa o tácitamente.
Abrogación.- Es quitar a la
totalidad de la ley su fuerza obligatoria.
Derogación.- Suprimir solamente
algunos preceptos de la ley, sea que se sustituyan por otros o no.
III. Desde el punto de vista de su
ámbito material de validez.
El
ámbito material de validez se refiere a la materia que la ley va a regular.
Desde
este punto de vista, los preceptos jurídicos se agrupan en normas de derecho
público y de derecho privado.
A)
Derecho público.-
Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones del Estado con los
particulares, o con otros Estados, cuando se encuentra provisto de su autoridad
soberana.
Soberanía.-
Ningún poder igual al suyo en el interior; ningún poder superior al suyo en el
exterior.
El
Derecho Interno se
refiere a aquellas normas que se van a aplicar dentro de los límites
territoriales de un país determinado.
Pertenecen
al derecho público interno:
1.
Derecho Constitucional: Conjunto de normas jurídicas que regulan la
estructura y el funcionamiento del Estado, a las funciones de sus órganos y a
las relaciones de éstos entre sí y con los particulares.
2.-
Derecho administrativo.- Conjunto de normas jurídicas que regulan la
organización del poder administrativo (ejecutivo) y la forma de hacer
promociones ante dicho poder. Ley orgánica de la administración pública
federal, ley federal de procedimiento contencioso administrativo.
3.-
Derecho Penal.- Conjunto de normas
jurídicas relativas a los delitos, las penas y las medidas de seguridad, que
tiene por objetivo inmediato la creación y la conservación del orden social.
4.-
Derecho procesal.- Conjunto de normas
jurídicas que regulan la actuación de los órganos jurisdiccionales y
de las partes en el seno del proceso con el fin de la aplicación del Derecho
sustantivo al caso concreto cuya resolución se solicita
5.-
Derecho del trabajo.- Conjunto de normas
jurídicas que regulan las relaciones entre patrones, trabajador(es),
asociaciones sindicales y el Estado. Ley federal de trabajo, Ley federal
de los trabajadores al servicio del Estado.
6.-
Derecho Agrario.-
Conjunto de normas jurídicas que regulan la solución de los problemas derivados
del reparto e inafectabilidad de tierras y aguas y de su dotación a los núcleos
de población. Ley agraria.
El
Derecho Externo.- comprende aquellas
normas jurídicas cuyos efectos son susceptibles de aplicarse fuera de los
límites territoriales de un Estado.
7.-
Derecho Internacional Público: Es el conjunto de normas que rigen
las relaciones de los Estados entre sí y señalan sus derechos y deberes
recíprocos.
Ley
sobre celebración de tratados, ley del servicio exterior mexicano.
8.-Derecho
Internacional privado.- Conjunto de normas jurídica que rigen a los
particulares o sus bienes cuando, siendo nacionales de un Estado, se encuentran
en territorio de otro Estado,
B) Derecho
Privado.- El
conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones de los particulares
entre sí y entre éstos y el Estado, cuando está desprovisto de su autoridad
soberana.
1.-
Derecho Civil.-
Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones privadas de los
particulares entre si.
2.-
Derecho mercantil.- Conjunto de normas
jurídicas que se aplican a los actos de comercio legalmente calificados como
tales, y a los comerciantes en el ejercicio de su profesión.
IV. Desde el punto de vista de su ámbito
personal de validez.
Desde
este ámbito, se refiere a los sujetos a quienes obliga la ley.
a) Genéricas.- Obligan o facultan a
todos los comprendidos dentro de la clase designada por el concepto-sujeto de
la disposición normativa.
Ejemplo:
Homicidio.
Artículo
123 del Código Penal del Estado de Chihuahua. "A quien prive de la
vida a otra persona, se le impondrá de ocho a veinte años de prisión. Se
entenderá la pérdida de la vida en los términos de la Ley General de
Salud".
b) Individualizadas.- Las que obligan o
facultan a uno o varios miembros de la misma clase, individualmente
determinados.
Ejemplo:
Una sentencia establece la pena de vente años de prisión a Miguel por matar a Luis. El
fundamento de la sentencia es la ley, la ley se aplicará a todos los que caigan en
la hipótesis de la ley, pero la sentencia es individualizada y se aplica a un
solo individuo.
Las
normas individualizadas pueden ser privadas, según deriven de
la voluntad de los particulares (los contratos y los testamentos) o públicas, si derivan de las autoridades
(los tratados internacionales).
Te invito a ver el vídeo donde se analiza todo esto:
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